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Auto ATC008-2026 — Kelsen
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Auto2026

Auto ATC008-2026

CSJ Sala Tutelas rad. 11001-02-03-000-2025-06318-00 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

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ATC008-2026 Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-06318-00 Bogotá D.C., catorce (14) de enero de dos mil veintiséis (2026). Se decide el conflicto negativo de competencia suscitado entre la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y la Sala Civil- Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, atinente al conocimiento de la impugnación del fallo proferido el 18 de noviembre de 2025 por el Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto, dentro de la tutela que promovió Pablo Fredy Solarte Arturo contra Colpensiones. I. ANTECEDENTES 1. El Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto -con sentencia del 18 de noviembre de 20251- negó la tutela por carencia actual de objeto. 2. El accionante formuló impugnación. Esta fue concedida ante la Sala Civil Especializada en Restitución de 1 Archivo 52001312100320250015700-106-3_Firmado.pdf FJBU Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-06318-00 2 Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali -con auto del 27 de noviembre de 20252-. 3. Allegadas las diligencias, la destinataria -con providencia del 28 noviembre de 2025-, con especial apoyo en el artículo 3º del Acuerdo PSAA13-9866 de 2013 y lo dicho por esta Corte en APL4618-2024, APL600-2024, ATC1868-2025 y ATC1871-2025, así como por la Corte Constitucional en Auto 225 de 2018, sostuvo que (…) la regla especial del artículo 3º del Acuerdo PSAA13-9866, que asigna la competencia para conocer de la segunda instancia de las acciones constitucionales tramitadas y decididas por Juzgados Civiles Especializados en Restitución de Tierras al Tribunal de la sede del despacho, permanece vigente, pues no ha sido derogada ni expresa ni tácitamente por el Acuerdo PCSJA24-12141 de 2024 ni por otros anteriores, y por ello, en materia constitucional, el superior funcional y competente para conocer de la impugnación formulada contra la Sentencia núm. 106 del 18 de noviembre de 2025, que declaró la carencia actual de objeto por hecho superado ante la acción de tutela interpuesta por el señor Pablo Fredy Solarte Arturo contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, proferida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto, es la Sala Civil- Familia del Tribunal Superior de Pasto, de modo que se procederá a remitirle a dicha Sala3. 4. Recibido el asunto, la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto -con auto del 2 de diciembre de 2025- también lo repelió y provocó el conflicto que a la sazón se decide. Argumentó -con apoyo en CSJ APL3583-2025 y ATC1744-2025- que (…) existe una clara línea jurisprudencial frente a la competencia 2 Archivo 52001312100320250015700-439-_Firmado.pdf 3Archivo 52001312100320250015701-244-Firmado.pdf FJBU Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-06318-00 3 atribuida a las Salas de Restitución de Tierras de los correspondientes tribunales para conocer las impugnaciones de acción de tutela de las autoridades que son inferiores funcionales, de conformidad con lo señalado en el artículo 4.º del Acuerdo PCSJA24-12141 de 30 de enero de 2024, modificado a su vez por el Acuerdo PCSJA24-12142 de 31 de enero de 2024. Es cierto que, contrariando la postura adoptada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, hay por el momento decisiones proferidas por los Honorables Magistrados Juan Carlos Sosa Londoño y Adriana Consuelo López Martínez, pero este criterio se basa en normas que ya no están vigentes y que justamente servían en su momento para atribuir competencia de las segundas instancias de las decisiones de los jueces de Restitución de Tierras a los Tribunales de su sede territorial, regla que se itera, ya fue modificada. Por ello, si bien la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali se aparta de la postura asumida de forma mayoritaria p

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

ATC008-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

ATC008-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela