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CSJ Sala Tutelas rad. 11001-02-03-000-2025-06111-00 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
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HILDA GONZÁLEZ NEIRA Magistrada ponente ATC005-2026 Radicación n.º 11001-02-03-000-2025-06111-00 Bogotá D.C., trece (13) de enero de dos mil veintiséis (2026). Se desata el conflicto negativo de competencia suscitado entre la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cali y la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto para conocer de la impugnación formulada contra el fallo proferido el 7 de noviembre de 2025 por el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto, en la acción de tutela propuesta por Francia Elisa Inchuchala Benavides contra el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la Secretaría de Planeación de la Alcaldía Municipal y la Curaduría Primera de Pasto. ANTECEDENTES 1.- Francia Elisa Inchuchala Benavides formuló acción de tutela buscando la protección de los derechos Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-06111-00 2 fundamentales a la igualdad, petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia para que se ordene a las accionadas cumplir el requerimiento efectuado por auto del 8 de septiembre de 2025 proferido por el Juzgado Segundo de Paz del Municipio de Pasto en el proceso de restitución de bien inmueble objeto de litigio, en el sentido de practicar el dictamen pericial y remitir la totalidad de la documentación solicitada. 2.- El Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Pasto declaró improcedente el ruego porque la precursora cuenta con herramientas para lograr la práctica de las pruebas pedidas, por lo que, al «no agotarse previamente estás vías ordinarias y no demostrarse la existencia de un perjuicio irremediable, se concluyó que la acción de tutela no era el mecanismo idóneo para resolver la controversia, respetándose así la autonomía procesal del juez de paz y el principio de la subsidiariedad» (7 nov. 2025). 3.- La accionante impugnó, recurso que, concedido se remitió el expediente a la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cali, quien rehusó el conocimiento y ordenó su envío a la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Pasto, argumentando que, cuando la primera instancia de «una acción de tutela» la conoce un Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras, el «superior jerárquico correspondiente» es el Tribunal con jurisdicción en la sede del juzgado a quo, criterio que no es meramente topográfico, ya que se cimenta en la naturaleza preferente y sumaria del amparo y en los principios de Radicación n.° 11001-02-03-000-2025-06111-00 3 prevalencia del derecho sustancial, celeridad y eficacia, de modo que asignar la segunda instancia al Tribunal más próximo evita remisiones innecesarias y desarticulaciones del trámite constitucional. También, adujo que, aunque, el Acuerdo PCSJA24- 12141 de 30 de enero de 2024 modificó el mapa judicial y derogó el Acuerdo PSAA15-10410 de 2015, los artículos 4° y 5° del Acuerdo PCSJA20-11702 de 2020, el artículo 1° del Acuerdo PCSJA23-12067 de 2023, los cuales aludían a esa materia, no se ocupó de otros elementos diferentes a la distribución orgánica de despachos o mapa judicial; de ahí que «el Acuerdo PSAA13-9866 de 2013» regula en forma completa y especial el tema procedimental y funcional de «reparto de las acciones constitucionales de que deben conocer los Jueces Civiles Especializados en Restitución de Tierras» y determina que para efectos de la impugnación de dichas acciones, «el superior funcional es el Tribunal con jurisdicción en la sede del juzgado a quo» (24 nov. 2025). 4.- El estrado receptor, el 26 de noviembre de 2025 propuso «colisión de competencia», luego de estimar que, comoquiera que la configuración jerárquica de los Distritos Judiciales Civiles Especializados en Restitución de Tierras fue modificada, como inclusive lo indicó la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia en reciente pronunciamiento, tratándose del referido factor funcional de compet
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
ATC005-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
ATC005-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho