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Auto ATC001-2026 — Kelsen
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Auto2026

Auto ATC001-2026

CSJ Sala Civil STC18241 de 2025

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

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ADRIANA CONSUELO LÓPEZ MARTÍNEZ Magistrada Ponente ATC001-2026 Radicación: 11001-02-30-000-2025-00167-01 Bogotá D.C., trece (13) de enero de dos mil veintiséis (2026). Se resuelve la solicitud formulada por José Gabriel Corrales Trejos. ANTECEDENTES 1. José Gabriel Corrales Trejos promovió acción de tutela en contra de las Salas de Casación Civil y Laboral de esta Corporación y del Juzgado Trece de Familia de Medellín, extensiva a las autoridades partes e intervinientes en el proceso ejecutivo de alimentos con radicado 2012-00979-00, así como de las acciones de tutela 2023-03188-00, 2024- 02500-00 y 2024-00331-00. 2. En primera instancia, la Sala de Casación Penal de esta Corte declaró improcedente el amparo por no cumplir con el requisito de inmediatez, determinación que impugnó Radicación nº 11001-02-30-000-2025-00167-01 2 el actor. Esta Sala Especializada en sentencia STC18241- 2025 confirmó la decisión inicial puesto que (i) en cuanto a las supuestas irregularidades en el manejo del expediente relativo al proceso ejecutivo de alimentos, no se satisfizo el presupuesto de inmediatez y (ii) en relación con la decisión del Juzgado de no levantar la medida cautelar de restricción de salida del país, se consideró esta como razonable (12 nov. 2025). 3. El accionante presentó escrito en el que señaló como asunto «Derecho de Petición de Informaciones» en el que presentó cuatro solicitudes concretas bajo el acápite «PETICIONES», que fundamentó en desacuerdos con la sentencia STC18241-2025 del 12 de noviembre de 2025, que fueron las siguientes: 3.1. Que se le explique a qué proceso ejecutivo se hace referencia en la página 7 del inciso 1º de la sentencia STC18241-2025, así como que se le expida «fiel copia de la demanda, del mandamiento de pago y el poder de representación del abogado que radicó la supuesta demanda que soporte el proceso ejecutivo referido en la providencia en comento». 3.2. Que se le expida fiel copia a su costo de la demanda, sentencia, mandamiento de pago vigente que contengan una obligación clara, expresa y exigible según lo dispuesto en el artículo 422 del Código General del Proceso que «les sirva de báculo para tratarme a la señora Magistrada y a los señores Conjueces en calidad del “ejecutado”». Radicación nº 11001-02-30-000-2025-00167-01 3 3.3. Que se le indique a qué litigio declarativo hacen referencia en la página 10 inciso 3 de la sentencia STC18241- 2025 y, por lo tanto, se aporte el número de radicado del proceso declarativo en comento. 3.4. Puesto que en la sentencia STC18241-2025 «en la que la Corporación funge como una instancia, por lo que solicito respetuosamente explicar bajo qué figura jurídica es permisible revivir una Cosa Juzgada mediante un radicado Paralelo, a partir de un expediente ejecutivo con radicado 05001311001320120097900 con el fin de cobrar lo no debido sin justa causa». CONSIDERACIONES 1. En primer lugar, debe tenerse en cuanta que, como lo ha indicado esta Sala, las solicitudes presentadas en el marco de un procedimiento jurisdiccional no es viable indicar el derecho fundamental de petición, porque las súplicas en un escenario de esta naturaleza son regladas por normas generales y especiales aplicables a cada tipología procesal (CSJ, STC9838-2019, reiterada en STC16999-2025). En esta medida, las solicitudes de José Gabriel Corrales Trejos serán tramitadas conforme con las reglas jurisdiccionales de la acción de tutela y del Código General del Proceso en lo aplicable, conforme con la remisión contenida en el artículo 4º del Decreto 306 de 1992. 2. Ahora bien, si se entendiera que las solicitudes del tutelante corresponden a peticiones de aclaración o adición Radicación nº 11001-02-30-000-2025-00167-01 4 de la sentencia STC18241-2025, se advierte su inviabilidad puesto que ninguno de los cuatro puntos concretos identificados en el acápite de «PETICIONES» del escrito del accionante se dirigen a precisar «conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda» que estén «contenidas

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

ATC001-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

ATC001-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Tutelas

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

ConstitucionalTutela