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Auto AL497-2026 — Kelsen
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Auto2026

Auto AL497-2026

AL497-2026.pdf

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

DesconocidoSin dato de vigencia

4.000 caracteres

SCLAJPT-06 V.00 MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Magistrada ponente AL497-2026 Radicación n.° 13001-31-05-006-2023-00191-01 Acta 2 Bogotá D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) La Sala decide el recurso de queja que el apoderado judicial de la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR SA presentó contra el auto que la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena profirió el 26 de noviembre de 2024, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de 18 de abril de la misma anualidad, en el proceso ordinario laboral que JAVIER BOSSA VENECIA promovió contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES), la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN SA y la recurrente. Radicación n.° 13001-31-05-006-2023-00191-01 SCLAJPT-06 V.00 2 I. ANTECEDENTES Javier Bossa Venecia instauró demanda ordinaria laboral contra Colpensiones, Porvenir SA y Protección SA, con el fin de que se declarara la ineficacia de su traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), así como la devolución, con destino a Colpensiones, de todos los valores de la cuenta individual, los gastos de administración, las costas y agencias en derecho. Mediante sentencia de 16 de febrero de 2024, el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Cartagena resolvió (f.os 253 a 256 del c.2 del Juzgado): 1. DECLARAR no probadas las excepciones de fondo formuladas por las demandadas. [...] 3. CONDENAR a AFP PROTECCIÓN y AFP PORVENIR SA, trasladar a COLPENSIONES todos los valores que hubieren recibido con motivo de la vinculación del demandante JAVIER BOSSA VENECIA, tales como cotizaciones, rendimientos de la cuenta de ahorro individual, gastos de administración, primas de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia, y el porcentaje destinado al fondo de garantía de pensión mínima, debidamente indexados y con cargo a sus propios recursos. Al momento de cumplirse esta orden, los conceptos deberán aparecer discriminados con sus respectivos valores ciclos, IBC, aportes y demás información relevante que los justifiquen, conforme a lo expuesto. […]. Al resolver los recursos de apelación que el demandante, Porvenir SA y Colpensiones interpusieron, así Radicación n.° 13001-31-05-006-2023-00191-01 SCLAJPT-06 V.00 3 como el grado jurisdiccional de consulta a favor de esta última, a través de providencia del 18 de abril de 2024, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena revocó parcialmente la sentencia del juzgado para en su lugar condenar en costas a ambas AFP, y confirmó todo lo demás (f.os 19 a 29 del c. del Tribunal). Inconforme con la providencia, Porvenir SA presentó recurso de casación, el cual fue negado mediante proveído del 26 de noviembre de 2024. El Tribunal fundamentó su decisión en que, según sus propios cálculos de «relación de aportes», gastos de administración, primas de seguros previsionales, lo destinado al fondo de garantía de pensión mínima y la indexación da un total de $94.576.075, suma que no supera los ciento veinte (120) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) para recurrir en casación (f.os 56 a 59 del c. del Tribunal). Contra la decisión anterior, Porvenir SA interpuso recurso de reposición y, en subsidio, el de queja. Como fundamento indicó que la orden de trasladar los gastos de administración, las primas de seguros previsionales y lo destinado al fondo de garantía de pensión mínima «incluyendo la indemnización de estos valores que se ordenan devolver» le genera un detrimento patrimonial al fondo que supera los 120 SMMLV. Ante ello, el juez colegiado mantuvo la decisión, al considerar que la administradora no aportó operación aritmética o cálculo alguno que permitiera controvertir las ya Radicación n.° 13001-31-05-006-2023-00191-01 SCLAJPT-06 V.00 4 hechas por el Tribunal. En consecuencia, dispuso el en

Metadatos

Tipo

auto

Número

AL497-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Tier

silver

Fragmentos

1

Áreas legales

laboral

Metadatos

Tipo

auto

Número

AL497-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Tier

silver

Fragmentos

1

Áreas legales

laboral