Saltar al contenido principal
KelsenExplorador
Guía
ConsultorExploradorRedacciónExpedientesCompararHerramientas
Historial
Mi cuenta

Buscar

Navega y abre cualquier cosa en Kelsen

Auto AL2154-2026 — Kelsen
Volver al explorador
Auto2026

Auto AL2154-2026

CSJ Sala Laboral AL2154 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Vigencia no verificadaEstado de vigencia

Señales de vigencia por artículo

1 de 1 artículos tienen marcas estructuradas de no vigencia o notas de vigencia. Revise el artículo aplicable antes de citar.

4.000 caracteres

SCLAJPT-06 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL2154-2026 Radicación n.° 15001-31-05-002-2019-00345-01 Acta 7 Bogotá D. C., cuatro (4) de marzo de dos mil veintiséis (2026) La Corte resuelve el recurso de queja interpuesto por la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) contra el auto del 19 de mayo de 2025, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación propuesto contra la sentencia proferida el 25 de marzo de 2025, dentro del proceso ordinario laboral que CARLOS ARTURO RUEDA CELIS promovió contra la recurrente, COLFONDOS SA PENSIONES Y CESANTIAS – ACCAI y la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, CESANTIAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR SA; trámite al que fueron vinculadas la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, CESANTIA Y DEL COMPONENTE Radicación n.° 15001-31-05-002-2019-00345-01 SCLAJPT-06 V.00 2 COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL- PROTECCION SA y SKANDIA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL DEL PILAR CONTRIBUTIVO SA - SKANDIA AFP - ACCAI SA. I. ANTECEDENTES Carlos Arturo Rueda Celis promovió demanda ordinaria laboral para que se declarara la nulidad de su traslado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) y, en consecuencia, se condenara a Colfondos SA a trasladar a Colpensiones todos los aportes efectuados junto con sus rendimientos. Solicitó, además, que se reconocieran y pagaran los demás derechos y sanciones que resultaran acreditados conforme a las facultades ultra y extra petita; que Colpensiones recibiera los recursos trasladados; y que Porvenir S. A. y Colfondos S. A. fueran condenadas al pago de las costas y agencias en derecho. El Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tunja, al que correspondió el trámite de la primera instancia, en sentencia del 29 de febrero de 2024 (PDF C. Primera Instancia_2, f. os 431-434), resolvió: PRIMERO: Declarar la ineficacia del traslado del régimen pensional y afiliación del señor CARLOS ARTURO RUEDA ELIS, del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad efectuado a SKANDIA AFP inicialmente y por esta vía la ineficacia de cada uno de los traslados horizontales. Radicación n.° 15001-31-05-002-2019-00345-01 SCLAJPT-06 V.00 3 SEGUNDO: ordenar (sic) a las AFP demandadas, el reintegro del capital ahorrado más los rendimientos financieros, el porcentaje correspondiente a los gastos de administración y las primas de seguros previsionales de invalidez, sobrevivencia, así como el porcentaje destinado al fondo de garantía de pensión mínima debidamente indexados y con cargo a sus propios recursos, como se señaló en la parte motiva. TERCERO: Se ordena a COLPENSIONES a (sic) recibir los aportes anteriormente señalados reactive (sic) la afiliación de la (sic) demandante [al] Régimen de Ahorro Individual con en (sic) y a efectuar la actualización de la historia laboral de la (sic) demandante con la inclusión de los periodos efectuados a las AFP demandadas. […] En virtud de los recursos de apelación interpuestos por Porvenir S. A., Skandia S. A. y Colfondos S. A., y del grado jurisdiccional de consulta surtido en favor de Colpensiones, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, en fallo del 25 de marzo de 2025 (PDF C. Segunda Instancia, f.os 277-292), dispuso: PRIMERO: MODIFICAR los numerales primero, segundo y cuarto de la decisión de primer grado y en su lugar: “PRIMERO: Declarar la ineficacia del traslado del régimen pensional y afiliación del señor CARLOS ARTURO RUEDA CELIS del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad efectuado a SKANDIA AFP. SEGUNDO: Ordenar a COLFONDOS Pensiones y Cesantías a (sic) trasladar a favor de COLPENSIONES únicamente los recursos disponibles en la cuenta de ahorro individual, rendimientos y

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

AL2154-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Laboral

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

AL2154-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Laboral