Saltar al contenido principal
KelsenExplorador
Guía
ConsultorExploradorRedacciónExpedientesCompararHerramientas
Historial
Mi cuenta

Buscar

Navega y abre cualquier cosa en Kelsen

Auto AL2120-2026 — Kelsen
Volver al explorador
Auto2026

Auto AL2120-2026

CSJ Sala Laboral AL2120 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Vigencia no verificadaEstado de vigencia

Señales de vigencia por artículo

1 de 1 artículos tienen marcas estructuradas de no vigencia o notas de vigencia. Revise el artículo aplicable antes de citar.

4.000 caracteres

SCLAJPT-06 V.00 JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ Magistrado ponente AL2120-2026 Radicación n.° 76001-31-05-016-2023-00417-01 Acta 02 Bogotá D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) La Corte resuelve el recurso de queja interpuesto por la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, CESANTÍAS Y DEL COMPONENTE COMPLEMENTARIO DE AHORRO INDIVIDUAL PORVENIR S. A. frente al auto que la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali profirió el 28 de julio de 2025, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación formulado contra la sentencia dictada por esa misma autoridad el 30 de abril de 2025, dentro del proceso ordinario laboral que CARLOS ARTURO LUNA SALAZAR promovió en contra de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) y la recurrente. I. ANTECEDENTES Carlos Arturo Luna Salazar instauró demanda ordinaria laboral en contra de Porvenir S. A. y Colpensiones, Radicación n.° 76001-31-05-016-2023-00417-01 SCLAJPT-06 V.00 2 para que se declarara la nulidad del traslado que efectuó del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). En consecuencia, pidió se ordenara a Porvenir S. A. trasladar a Colpensiones el saldo de su cuenta de ahorro individual, incluyendo los rendimientos financieros; al fondo público aceptarlo como su afiliado sin solución de continuidad; y a las convocadas a lo que resultara probado ultra y extra petita y al pago de las costas del proceso. Mediante sentencia de 22 de noviembre de 2024, el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Cali resolvió: PRIMERO: DECLARAR NO PROBADAS las excepciones propuestas por COLPENSIONES, PORVENIR S.A. SEGUNDO: DECLARAR la INEFICACIA de la afiliación del demandante con PORVENIR S.A. […] CUARTO: ORDENAR a PORVENIR S.A. una vez ejecutoriada esta providencia, realizar el traslado de todos los dineros cotizados a la cuenta de ahorro individual de CARLOS ARTURO LUNA SALAZAR a COLPENSIONES. […] Al conocer del recurso de apelación formulado por Colpensiones, así como del grado jurisdiccional de consulta en su favor, el 30 de abril de 2025, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali decidió: […] SEGUNDO: MODIFICAR el numeral cuarto de la sentencia número 175 del 22 de noviembre de 2024 proferida por el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Cali, objeto de apelación y consulta, en el sentido de Ordenar a PORVENIR S.A. Radicación n.° 76001-31-05-016-2023-00417-01 SCLAJPT-06 V.00 3 a trasladar a Colpensiones los valores correspondientes al saldo de la cuenta de ahorro individual, rendimientos financieros que posee el señor CARLOS ARTURO LUNA SALAZAR, además el porcentaje de gastos de administración en que se hubiere incurrido, la prima de seguros previsionales y porcentaje destinado al Fondo de Garantía de Pensión Mínima, con cargo a su propio patrimonio, todo debidamente indexado. Al momento de cumplirse esta orden, los conceptos deberán discriminarse con sus respectivos valores, junto con el detalle pormenorizado de los ciclos, IBC, aportes y demás información relevante que los justifique. Contando con un término de treinta (30) días, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia para dar cumplimiento a esta orden. TERCERO: CONFIRMAR en lo restante la sentencia número 175 del 22 de noviembre de 2024 proferida por el Juzgado Dieciséis Laboral del Circuito de Cali, objeto de apelación y consulta […] Inconforme con la anterior determinación, Porvenir S. A. interpuso recurso de casación, el cual fue denegado por el juez plural en auto de 28 de julio de 2025, bajo el argumento de que la condena que le generaba un perjuicio, es decir, la orden de trasladar los gastos de administración, las primas de seguros previsionales y el porcentaje destinado al fondo de garantía de pensión mínima, debidamente indexados, con cargo a sus propios recursos, ascendía a $41.772.250, suma que se tornaba insuficiente para acudir al mecanismo extraordina

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

AL2120-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Laboral

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

AL2120-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Laboral