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AL1811-2026.pdf
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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SCLAJPT-06 V.00 VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente AL1811-2026 Radicación n.° 76001-31-05-020-2023-00095-01 Acta 03 Bogotá, D. C., cuatro (04) de febrero de dos mil veintiséis (2026) La Corte decide el recurso de queja interpuesto por la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR SA contra el auto de 13 de agosto de 2024, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de 25 de abril de 2024, en el proceso ordinario laboral que promueve JAMES ALBERTO VÁSQUEZ LOAIZA contra la recurrente y la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES), trámite al que se vinculó como litisconsorte necesaria a la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN SA. Radicación n.° 76001-31-05-020-2023-00095-01 SCLAJPT-06 V.00 2 I. ANTECEDENTES James Alberto Vásquez Loaiza presentó demanda ordinaria laboral contra Colpensiones y Porvenir SA, con el fin de que se declare la ineficacia de su traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida al de Ahorro Individual con Solidaridad; asimismo, se ordene la devolución a Colpensiones de los valores que haya en la cuenta de ahorro individual que recibió con motivo de su afiliación, tales como: aportes, rendimientos y bono pensional -si lo hubiere-, junto con lo que corresponde a lo destinado al fondo de garantía de pensión mínima, lo ultra y extra petita y las costas procesales. A través de auto de 14 de abril de 2023 el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Cali vinculó como litisconsorte necesaria a Protección SA. Surtido el trámite, mediante providencia de 17 de enero de 2024, la citada autoridad resolvió: PRIMERO: DECLARAR no probadas las excepciones planteadas por las demandadas COLPENSIONES, PROTECCIÓN SA y PORVENIR SA. SEGUNDO: DECLARAR LA INEFICACIA DE LA AFILIACIÓN y/o TRASLADO del señor JAMES ALBERTO VÁSQUEZ LOAIZA […], al régimen de ahorro individual administrado por la AFP PROTECCIÓN SA y PORVENIR SA, y, en consecuencia, declarar que para todos los efectos legales el demandante nunca se trasladó al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad –RAIS- y, por tanto, siempre permaneció en el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, con los efectos indicados en la parte motiva de esta providencia. TERCERO. CONDENAR a la AFP PORVENIR SA a transferir a COLPENSIONES todos los recursos de la cuenta de ahorro Radicación n.° 76001-31-05-020-2023-00095-01 SCLAJPT-06 V.00 3 individual que hubiere recibido con motivo de la afiliación del señor JAMES ALBERTO VÁSQUEZ LOAIZA, por ende, se deben trasladar la totalidad de los saldos de su cuenta de ahorro individual con sus rendimientos, toda vez que estos fueron ocasionados en virtud de sus cotizaciones, igualmente los bonos pensionales a que haya lugar; así como los gastos de administración, las comisiones, los porcentajes destinados a conformar el fondo de garantía de pensión mínima y los valores utilizados en seguros previsionales con cargo a sus propias utilidades, todos estos debidamente indexados, como lo dispone el artículo 1746 del Código Civil. Al momento de cumplirse esta orden, los conceptos deberán aparecer discriminados y detallados con toda la información relevante que los justifiquen. [...] Al decidir los recursos de apelación interpuestos por Porvenir SA y Colpensiones, así como el grado jurisdiccional de consulta en favor de esta última, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante proveído de 25 de abril de 2024 confirmó la sentencia de primera instancia. Inconformes con la anterior decisión, Protección SA y Porvenir SA interpusieron recursos extraordinarios de casación, los que fueron negados por el juez plural, en proveído de 13 de agosto de 2024, con fundamento en que, por un lado, Protección SA no cuenta con interés jurídico para recurrir en casación, en razón a que no apeló la sentencia de primera ins
Tipo
auto
Número
AL1811-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Tier
silver
Fragmentos
1
Áreas legales
Tipo
auto
Número
AL1811-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Tier
silver
Fragmentos
1
Áreas legales