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Auto AL1790-2026 — Kelsen
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Auto2026

Auto AL1790-2026

CSJ Sala Laboral AL1790 de 2026

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

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SCLAJPT-06 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL1790-2026 Radicación n.°68001-31-05-003-2023-00105-01 Acta 2 Bogotá D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) Decide la Sala el recurso de queja interpuesto por SKANDIA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS S. A. contra el auto proferido por la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga el 16 de septiembre de 2025, mediante el cual decidió no conceder el recurso de casación invocado por la quejosa frente a la sentencia de 4 de junio de 2025, dictada dentro del proceso ordinario laboral incoado por MARTHA GIOMAR NORIEGA RINCÓN contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES), la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S. A. y la recurrente. Radicación n.° 68001-31-05-003-2023-00105-01 SCLAJPT-06 V.00 2 I. ANTECEDENTES Martha Giomar Noriega Rincón presentó demanda ordinaria laboral contra Skandia S. A., Protección S. A. y Colpensiones, con la que pretendió que se declarara la ineficacia del traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Como resultado de la anterior declaración, solicitó que se condenara a las dos primeras administradoras a remitir a Colpensiones los aportes, rendimientos y cuotas de administración generados durante el periodo de su afiliación, además de reconocer y pagarle los perjuicios morales ocasionados en virtud de la falta de información al momento de su traslado, los cuales tasó en veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Concluido el trámite de primera instancia, mediante sentencia de 26 de junio de 2024, el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bucaramanga declaró la ineficacia del traslado de la demandante al RAIS. En consecuencia, resolvió: SEGUNDO: CONDENAR a SKANDIA ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS S.A., a trasladar los valores correspondientes a las cotizaciones, rendimientos y bonos pensionales habidos en la cuenta de ahorro pensional de la demandante, ello con destino a la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES. Al momento de cumplirse esta orden, los conceptos deberán aparecer discriminados con sus respectivos valores, junto con el detalle pormenorizado de los ciclos, IBC, aportes y demás información relevante que los justifiquen, conforme a las consideraciones que se han dejado hechas. TERCERO: CONDENAR a SKANDIA ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS S.A. a devolver al Radicación n.° 68001-31-05-003-2023-00105-01 SCLAJPT-06 V.00 3 sistema los valores que hubiere recibido con motivo de la última afiliación válida de la demandante, por la forma como se ha señalado esto es cotizaciones, rendimientos y producto de los bonos pensionales si se hubieren producido, ello con destino al Régimen de prima media con prestación definida que administra COLPENSIONES. Contra la decisión anterior la parte demandante presentó recurso de apelación a fin de que se condenara a la pasiva al traslado de las primas previsionales y los gastos de administración. También recurrieron las demandadas para que se revocaran las condenas impuestas en su contra. Al resolver la alzada y el grado jurisdiccional de consulta a favor de Colpensiones, la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, mediante sentencia de 4 de junio de 2025, dispuso: PRIMERO: ADICIONAR la sentencia proferida el 26 de junio de 2024 por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bucaramanga en el proceso ordinario laboral promovido por MARTHA GIOMAR NORIEGA RINCÓN contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS (sic) PROTECCION (sic) SA y SKANDIA PENSIONES Y CESANTIAS (sic) SA para en su lugar CONDENAR a PROTECCIÓN SA y SKANDIA SA a trasladar a COLPENSIONES los dineros correspondientes a los gastos de administración, primas por se

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

AL1790-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Laboral

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto

Número

AL1790-2026

Año

2026

Entidad

Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

Laboral