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CSJ Sala Laboral AL1773 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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SCLAJPT-06 V.00 VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente AL1773-2026 Radicación n.° 76001-31-05-012-2024-00301-01 Acta 02 Bogotá, D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) La Corte decide el recurso de queja interpuesto por la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR SA contra el auto de 28 de julio de 2025, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de 30 de mayo de 2025, en el proceso ordinario laboral que promueve ORLANDO EDGAR GUZMÁN ARÉVALO contra la recurrente y la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES), trámite al que se vincularon como litis consortes necesarias a la COMPAÑÍA DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN SA (SERDAN SA) y a LA NACIÓN MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. Radicación n.° 76001-31-05-012-2024-00301-01 SCLAJPT-06 V.00 2 I. ANTECEDENTES Orlando Edgar Guzmán Arévalo presentó demanda ordinaria laboral contra Porvenir SA y Colpensiones, con el fin de que se declare la ineficacia de su traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida al de Ahorro Individual con Solidaridad; así mismo, se ordene la devolución a Colpensiones de los valores que haya en su cuenta de ahorro individual que recibió con motivo de su afiliación, tales como: aportes, rendimientos, cuotas partes, utilidades y bono pensional -si lo hubiere-, junto con lo que corresponde a gastos de administración, debidamente indexados, y las costas procesales. A través de auto de 15 de agosto de 2025 el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Cali vinculó como litis consortes necesarias a la Compañía de Servicios y Administración SA (Serdan SA) y a la Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Surtido el trámite, mediante providencia de 12 de diciembre de 2024, resolvió: PRIMERO: DECLARAR NO PROBADAS las excepciones formuladas por COLPENSIONES y PORVENIR SA. SEGUNDO: DECLARAR PROBADA en favor del MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO y COMPAÑÍA DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN SA SERDÁN SA la excepción de FALTA DE LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR PASIVA y se le exonera de todas las pretensiones formuladas por el señor ORLANDO EDGAR GUZMÁN ARÉVALO. TERCERO: DECLARAR la INEFICACIA DEL TRASLADO efectuado por el señor ORLANDO EDGAR GUZMÁN ARÉVALO Radicación n.° 76001-31-05-012-2024-00301-01 SCLAJPT-06 V.00 3 al régimen de ahorro individual y de todas las afiliaciones que esta haya tenido a administradoras del mismo y, por tanto, siempre permaneció́ en el régimen de prima media con prestación definida. CUARTO: CONDENAR a PORVENIR SA a trasladar a COLPENSIONES el capital acumulado en la cuenta de ahorro individual del señor ORLANDO EDGAR GUZMÁN ARÉVALO, los rendimientos y los bonos pensionales a que haya lugar. Así ́ mismo, deberá́ entregar toda la documentación inherente a la consolidación de la historia laboral. Para esto contará con un término de 30 días calendario contados a partir del auto de obedecer y cumplir. […] La anterior decisión no fue apelada por Porvenir SA. Sin embargo, al resolver el recurso interpuesto por Colpensiones, así como el grado jurisdiccional de consulta en favor de esta, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, mediante proveído de 30 de mayo de 2025, ordenó: PRIMERO: MODIFICAR el numeral cuarto de la sentencia número 208 del 12 de diciembre de 2024 proferida por el Juzgado Doce Laboral del Circuito de Cali, objeto de apelación y consulta, en el sentido de ordenar a la Administradora de Fondo de Pensiones PORVENIR S.A. a trasladar a COLPENSIONES el capital acumulado en la cuenta de ahorro individual del señor ORLANDO EDGAR GUZMÁN ARÉVALO, los rendimientos y bonos pensionales a que haya lugar; así como los recursos correspondientes a los gastos de administración, primas de seguros previsionales y el porcentaje destinado al fondo de garantía de pensión mínima. Rubros que se inde
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1773-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1773-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho