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CSJ Sala Laboral AL1767 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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SCLAJPT-10 V.00 VÍCTOR JULIO USME PEREA Magistrado ponente AL1767-2026 Radicación n.° 13001-31-05-007-2023-00202-01 Acta 02 Bogotá, D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) La Corte decide el recurso de queja interpuesto por la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) contra el auto de 21 de julio de 2025, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante el cual negó el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia de 11 de abril de 2025, en el proceso ordinario laboral que promueve SANDRA STELLA YUNES VERGARA contra la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍA PROTECCIÓN SA, la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR SA, la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS SKANDIA SA y la recurrente. Radicación n.° 13001-31-05-007-2023-00202-01 SCLAJPT-10 V.00 2 I. ANTECEDENTES Sandra Stella Yunes Vergara presentó demanda contra Porvenir SA, Protección SA, Skandia SA y Colpensiones, con el fin de que se declare la ineficacia de su traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS); así mismo, se ordene la devolución a Colpensiones de las cotizaciones que recibió con motivo de su afiliación, tales como: rendimientos financieros, gastos de administración, comisiones, y los valores utilizados en los seguros previsionales y garantía de pensión mínima, debidamente indexados. El Juzgado Once Laboral del Circuito de Cartagena, mediante providencia de 31 de julio de 2024, resolvió: PRIMERO: DECLARAR la ineficacia del traslado que realizó la señora SANDRA STELLA YUNES VERGARA […], del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, en consecuencia, generar el regreso automático al RPMPD administrado por COLPENSIONES, de conformidad con lo considerado en precedencia, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído. SEGUNDO: CONDENAR a […] PORVENIR SA como último fondo y a las demás administradoras pensionales a las que estuvo afiliada, de no haberlo realizado, a trasladar dentro de los 45 días siguientes a la ejecutoria de esta providencia a ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES), todas las cotizaciones, bonos pensionales, y rendimientos causados con ocasión del traslado […]. TERCERO: ORDENAR a […] COLPENSIONES, a recibir de Porvenir SA, todos los valores que hubiese recibido con motivo de la afiliación de la señora SANDRA STELLA YUNES VERGARA y realizar la actualización de la historia laboral de la demandante dentro de los 30 días siguientes al traslado de los valores por parte de las demandadas. Radicación n.° 13001-31-05-007-2023-00202-01 SCLAJPT-10 V.00 3 […] Al resolver el recurso de apelación interpuesto por Colpensiones, así como el grado jurisdiccional de consulta a su favor, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante proveído de 11 de abril de 2025, confirmó la decisión de primer grado. Inconforme con la decisión, Colpensiones interpuso recurso extraordinario de casación, el que fue negado por el juez plural, a través de proveído de 21 de julio de 2025, con fundamento en que las condenas impuestas constituían únicamente una obligación de hacer, consistente en reactivar la afiliación de la actora y recibir los rubros ordenados en devolución. Añadió que si bien los gastos de administración, primas de seguros previsionales y el porcentaje destinado al fondo de garantía de pensión mínima podrían generarle una carga económica, la recurrente no acredita ni cuantifica tales rubros. En virtud de lo anterior, presentó recurso de reposición y, en subsidio, de queja. Fundamentó su inconformidad en que existe un agravio al no incluirse en la condena aquellos porcentajes -gastos de administración, primas de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia y fondo de garantía pensión mínima-, debidamente indexa
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1767-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1767-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho