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CSJ Sala Laboral AL1455 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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SCLAJPT-06 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL1455-2026 Radicación n.° 05001-31-05-021-2022-00127-01 Acta 2 Bogotá D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiséis (2026) Decide la Sala el recurso de queja interpuesto por la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S. A. contra el auto proferido por la Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 7 de abril de 2025, mediante el cual decidió no conceder el recurso de casación invocado frente a la sentencia de 16 de diciembre de 2024, dictada dentro del proceso ordinario laboral adelantado por LEONARDO ZAPATA GÓMEZ contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) y la recurrente. I. ANTECEDENTES Leonardo Zapata Gómez presentó demanda ordinaria Radicación n.° 05001-31-05-021-2022-00127-01 2 SCLAJPT-06 V.00 laboral contra Porvenir S. A. y Colpensiones, a fin de que se declarara la ineficacia del traslado del Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RSPMPD) al de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). Como resultado de la anterior declaración, solicitó que se condenara a la primera citada a trasladar a Colpensiones «todos y cada uno de los aportes que el poderdante efectuó al Régimen de Ahorro Individual, incluidos los rendimientos, debidamente indexados y sin ningún descuento por cuota de administración». Concluido el trámite de primera instancia, mediante sentencia de 13 de junio de 2024, el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Medellín declaró la ineficacia del traslado del demandante al RAIS. En consecuencia, resolvió: 1. Declarar la ineficacia del traslado del (de la) demandante LEONARDO ZAPATA GÓMEZ del RPMPD al RAIS y declarar la afiliación sin solución de continuidad en el RPMPD. 2. Ordenar a PORVENIR trasladar a COLPENSIONES y a esta a recibir los saldos de la cuenta de ahorro individual del (de la) demandante, incluidos los rendimientos financieros. 3. Se declara(n) no probada(s) la(s) excepción(es) propuestas por las demandadas. 4. CONDENAR en costas a PORVENIR y en favor del (de la) DEMANDANTE. Agencias en derecho: 1 smlmv. 5. Se ordenará el grado de CONSULTA en favor de COLPENSIONES en caso de no apelación por su apoderado. Contra la decisión anterior las partes no interpusieron recurso. Al resolver el grado jurisdiccional de consulta a favor de Colpensiones, la Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante Radicación n.° 05001-31-05-021-2022-00127-01 3 SCLAJPT-06 V.00 providencia de 16 de diciembre de 2024, adicionó la sentencia consultada en el siguiente sentido: PRIMERO: MODIFICAR el numeral SEGUNDO de la sentencia el cual quedará así: 2. Ordenar a PORVENIR trasladar dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria de ésta (sic) providencia a COLPENSIONES y a esta a recibir los saldos de la cuenta de ahorro individual del del (sic) demandante, incluidos los rendimientos financieros y bono pensional si ha sido efectivamente pagado, los gastos de administración, las comisiones, los porcentajes destinados a conformar el fondo de garantía de pensión mínima y los valores utilizados en seguros previsionales con cargo a sus propias utilidades, todos debidamente indexados. Al momento de cumplir esta orden los conceptos deberán aparecer discriminados con sus respectivos valores con el detalle pormenorizado de los ciclos IBC, aportes y demás información relevante que lo justifiquen, (sic) SEGUNDO: CONFIRMAR en lo demás la sentencia proferida por el Juzgado 021 Laboral del Circuito de Medellín el 13 de junio de 2024 dentro del proceso ordinario laboral promovido por LEONARDO ZAPATA GÓMEZ en contra de la ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. y la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES. En virtud de dicha determinación, Porvenir S. A. interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue negado por el juez plural mediante auto de 7 de abril de 2025, t
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1455-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1455-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho