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CSJ Sala Laboral AL1266 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.° 05001310500420230029201 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL1266-2026 Radicación n.° 05001310500420230029201 Acta 4 Bogotá D. C., once (11) de febrero de dos mil veintiséis (2026) La Corte se pronuncia sobre el cumplimiento de los requisitos formales de la demanda que sustenta el recurso de casación presentado por DANIEL RUIZ PÉREZ frente a la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín el 8 de agosto de 2025, en el proceso ordinario laboral que el recurrente promovió contra la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL (UGPP) . I. ANTECEDENTES El actor llamó a juicio a la UGPP, procurando el reconocimiento y pago de la sustitución pensional, con ocasión del fallecimiento de Efraín Ruiz Agudelo, junto con el retroactivo, las mesadas adicionales, los intereses moratorios o la indexación; lo que resulte probado ultra y extra petita y que se impongan las costas procesales. Concluido el trámite de primera instancia, el Juzgado Veintinueve Laboral de Circuito de Medellín, mediante sentencia de 19 de febrero de 2025, resolvió: PRIMERO: DECLARAR que el señor DANIEL RUIZ PÉREZ acreditó ser beneficiario de la pensión de sobrevivientes que dejó causada el señor EFRAÍN RUIZ SUÁREZ (sic), al demostrar el requisito de dependencia económica, en atención a lo argumentado en la parte motiva de la presente providencia. SEGUNDO: CONDENAR a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL -UGPP-, a reconocer y pagar a partir del 6 de septiembre de 2021 en beneficio del señor DANIEL RUIZ PÉREZ, la sustitución pensional que dejó causada el señor EFRAÍN RUIZ SUÁREZ (sic), con una mesada pensional que para el año 2021 ascendía a la suma de $1.322.276, teniendo en cuenta 14 mesadas al año, y sobre la cual operan los descuentos e incrementos de Ley (sic), de conformidad con lo expresado en la parte motiva de este proveído. TERCERO: CONDENAR a la UGPP , a reconocer y pagar a favor del señor DANIEL RUIZ PÉREZ la suma de $72.226.310 por concepto de retroactivo pensional , causado desde el 6 de septiembre de 2021 hasta el 31 enero de 2025 , valor sobre los que operan los descuentos para salud de conformidad con lo expresado en la parte motiva de esta sentencia. A partir del 1° de febrero de 2025 , la entidad demandada seguir· reconociendo al demandante una mesada pensional equivalente $1’816.202 , por 14 mesadas al año y sin perjuicio de los descuentos que por salud deba realizar la entidad, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia. CUARTO: CONDENAR a la UGPP , a reconocer y pagar a favor del señor DANIEL RUIZ PÉREZ , los intereses moratorios a los que hace relación el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, desde el 25 de octubre de 2022 y hasta que se realice el pago del retroactivo pensional antes mencionado. Mismos que deberán ser liquidados por la UGPP al momento de realizar el pago de las condenas. Posteriormente, por apelación de la UGPP, así como en virtud del grado jurisdiccional de consulta ordenado a su favor, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en sentencia de 8 de agosto de 2025, dispuso: 1.- Se REVOCA la sentencia proferida el 19 de febrero de 2025 por el Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín, al interior del proceso ordinario laboral instaurado por el señor Daniel Ruiz Pérez contra el UGPP y en su lugar se absuelve a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP, de la totalidad de las pretensiones de la demanda. […] Luego, el demandante interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue concedido por el colegiado de alzada y admitido por esta sala de la Corte. Cumplido el traslado previsto en el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el r
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1266-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1266-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho