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CSJ Sala Laboral AL1260 de 2026
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
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SCLAJPT-06 V.00 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL1260-2026 Radicación n.° 11001310504320230060801 Acta 3 Bogotá D. C. cuatro (4) de febrero de dos mil veintiséis (2026) La Sala decide el recurso de queja presentado por el BANCO DE LA REPÚBLICA frente al auto proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 31 de julio de 2025, para negar el recurso extraordinario de casación interpuesto dentro del proceso ordinario laboral adelantado por LEANDRO SALVADOR RAMOS ROMERO contra el recurrente. I. ANTECEDENTES El actor llamó a juicio al Banco de la República, procurando la declaratoria del derecho pensional del artículo 56 del Reglamento Interno de Trabajo de 2003. Solicitó, en consecuencia, que se condene al demandado a reconocer la prestación pensional mencionada y que se le impongan costas procesales. Radicación n.° 11001310504320230060801 SCLAJPT-06 V.00 2 Concluido el trámite de primera instancia, el Juzgado Cuarenta y Tres Laboral del Circuito de Bogotá, mediante sentencia de 15 de mayo de 2024, resolvió: PRIMERO: ABSOLVER al BANCO DE LA REPÚBLICA, de todos y cada uno de los pedimentos incoados en su contra por el señor LEANDRO SALVADOR RAMOS ROMERO, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia. SEGUNDO: DECLARAR probados los supuestos de hecho que soportan las excepciones de FALTA DE TÍTULO Y CAUSA, COBRO DE LA NO DEBIDO E INEXISTENCIA DE LA OBLIGACIÓN PRETENDIDA formuladas por el BANCO DE LA REPÚBLICA, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. […] Posteriormente, por apelación del demandante, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a través de sentencia de 31 de enero de 2025, dispuso: PRIMERO: REVOCAR la sentencia de primera instancia, por lo señalado en la parte motiva. SEGUNDO: DECLARAR que LEANDRO SALVADOR RAMOS ROMERO causó el derecho a la pensión de jubilación prevista en el artículo 56 del Reglamento Interno de Trabajo de 2003, a partir del 02 de enero de 2009, cuando cumplió 20 años al servicio del BANCO DE LA REPÚBLICA, conforme lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia. TERCERO: CONDENAR al BANCO DE LA REPÚBLICA a reconocer y pagar a favor de LEANDRO SALVADOR RAMOS ROMERO la pensión de jubilación extralegal desde que se acredite su retiro del servicio, en cuantía del 85% del salario base de liquidación, advirtiendo que la prestación tiene el carácter de compartible con las pensiones otorgadas por el Sistema General de Pensiones, en los términos señalados en la motiva. […] Inconforme con la anterior decisión, el Banco de la República interpuso recurso extraordinario de casación, que el colegiado de alzada negó por auto de 31 de julio de 2025, tras considerar que las condenas impuestas están condicionadas a un hecho futuro e incierto, esto es, la desvinculación del Radicación n.° 11001310504320230060801 SCLAJPT-06 V.00 3 accionante y, por ello, como no hay certeza de la fecha de inicio de pago, no es posible calcular el agravio. Contra dicho proveído formuló recurso de reposición y, en subsidio, de queja. Para tal efecto adujo que el retiro del trabajador es un hecho sobreviniente, teniendo en cuenta que el 14 de julio de 2025, posterior a la sentencia de segunda instancia, el demandante comunicó su renuncia a partir de 31 de octubre del mismo año, la cual fue aceptada por el Banco el 22 de julio siguiente en los términos solicitados por el trabajador; y que, en ese sentido, ya existe certeza sobre la fecha a partir de la cual se debe reconocer el derecho. Asimismo, indicó que el perjuicio ascendía a $394.167.150, cifra que supera la cuantía requerida en casación. Luego, por auto de 2 de octubre de 2025, el sentenciador de apelaciones mantuvo su decisión, para ese efecto, reiteró que el interés «debe ser cierto y no eventual, y debe ser determinado o determinable», además manifestó que con la simple notificación de la renuncia no se puede estimar el interés económico. Allegadas las
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1260-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho
Colección
Jurisprudencia
Tipo
Auto
Número
AL1260-2026
Año
2026
Entidad
Corte Suprema de Justicia — Sala Laboral
Nivel de curaduría
Indexado
Fragmentos de ingesta
1
Áreas del derecho