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Auto C.E. 11001-03-24-000-2021-00892-00 (2022) — Kelsen
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Auto del Consejo de Estado2022

Auto C.E. 11001-03-24-000-2021-00892-00 (2022)

Auto CE — 11001-03-24-000-2021-00892-00

Consejo de Estado

Vigencia no verificadaEstado de vigencia

Este documento no tiene verificación de vigencia consolidada en el corpus. Revise la fuente oficial y las notas por artículo cuando existan.

3.000 caracteres

CONSEJO DE ESTADO 11001-03-24-000-2021-00892-00 AUTO INTERLOCUTORIO SUSTENTO NORMATIVO : CPACA, LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 111 / CPACA, LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 135 / CPACA, LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 137 / CPACA, LEY 1437 DE 2011 - ARTÍCULO 171 / SALA PLENA DEL CONSEJO DE ESTADO, ACUERDO 80 DE 2019 - ARTÍCULO 13 NORMA DEMANDADA : FECHA : 28/01/2022 SECCION : SECCION QUINTA PONENTE : PEDRO PABLO VANEGAS GIL ACTOR : CRISTIAN ALFREDO GACHARNA SILVA DEMANDADO : MINISTERIO DEL INTERIOR, REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL DECISION : TEMA : IMPROCEDENCIA DEL MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD / MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Problema jurídico: ¿La demanda de nulidad por inconstitucionalidad presentada por el actor por medio de la cual pretende obtener la declaratoria de nulidad, previa suspensión provisional, de los efectos de la Circular Conjunta Externa CIR2021-000000042-DDP-2100 de 23 de julio de 2021, “Asunto: Inscripción de candidatos jóvenes para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud.”, expedida por la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL se debe adecuar al medio de control de nulidad? Respuesta al problema jurídico: Si [E]l actor, quien actúa en nombre propio, en ejercicio del medio de control de nulidad por inconstitucionalidad previsto en el artículo 135 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA-, presentó demanda con el fin de obtener la declaratoria de nulidad, previa suspensión provisional, de los efectos de la Circular Conjunta Externa CIR2021-000000042-DDP-2100 de 23 de julio de 2021, “Asunto: Inscripción de candidatos jóvenes para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud.”, expedida por la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL[...] [p]or vía jurisprudencial se ha precisado que son presupuestos del medio de control de nulidad por inconstitucionalidad los siguientes2: i) Que la disposición acusada sea de carácter general, expedida por el Gobierno Nacional o por cualquier entidad diferente, en ejercicio de una atribución derivada de la Constitución misma; ii) Que se trate de un reglamento autónomo o constitucional, es decir, que desarrolle directamente la Constitución sin la existencia de ley previa; iii) Que el juicio de validez, o el reproche endilgado al acto enjuiciado, se realice de manera directa frente a la Constitución, no a la ley; iv) Que la revisión de la disposición demandada no sea de competencia de la Corte Constitucional en los términos del artículo 241 de la Constitución Política […] [E]n el caso sub examine, se advierte que la Circular Conjunta Externa CIR2021-000000042-DDP-2100 de 23 de julio de 2021, “Asunto: Inscripción de candidatos jóvenes para las elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud.”, se expidió por la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, en aras de reglamentar el procedimiento de inscripción de candidaturas para la realización de las elecciones de Consejos Municipa

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto del Consejo de Estado

Número

11001-03-24-000-2021-00892-00

Año

2022

Entidad

Consejo de Estado

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

AdministrativoElectoral

Metadatos

Colección

Jurisprudencia

Tipo

Auto del Consejo de Estado

Número

11001-03-24-000-2021-00892-00

Año

2022

Entidad

Consejo de Estado

Nivel de curaduría

Indexado

Fragmentos de ingesta

1

Áreas del derecho

AdministrativoElectoral